Subsidio Jubilados / Pensionados
Se realizará a todos aquellos usuarios que sean Titulares de la propiedad (propiedad exclusiva) o inquilinos (presentar contrato de alquiler) y demuestren además, fehacientemente, la propiedad exclusiva o su situación de inquilinos exclusivos de la vivienda que habitan y que es objeto del suministro beneficiado, debiendo presentar certificado expedido por el Registro de la Propiedad (Dirección: San Martín 322 de Ciudad – teléfono: 0800-666-5878).
El descuento se aplicará en la facturación sólo a aquellos jubilados/pensionados cuyos consumos no superen los ciento cincuenta (150) kwh mensuales (30 días o proporcional) y perciban hasta cierto haber jubilatorio, que el haber jubilatorio/pensión sea el único ingreso familiar y su tarifa de energía Residencial.
A los efectos de solicitar el subsidio el titular del beneficio deberá concurrir a nuestras oficinas portando la documentación que a continuación detallamos (original y copia):
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Documento de identidad
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Ultimo bono de sueldo
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Última factura de energía
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Titulo de propiedad
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Contrato de locación, en caso de ser locatario
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Certificado de propiedad exclusivo expedido por el Registro de la Propiedad, sea propietario o inquilino
En caso de acceder al beneficio la NO renovación del trámite significará la pérdida del mismo.
Subsidio Entidades de Interés Público
Las Entidades de Interés Público, cuyo sostenimiento se efectúa por medio de contribuciones, donativos y obras benéficas de caridad, se les aplicará una tarifa diferencial, atento a la finalidad de rehabilitación, protección y promoción de la persona humana.
Para dar inicio al pedido de subsidio, deberán presentar en nuestras oficinas la siguiente documentación (original y copia):
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Estatuto
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Objeto Social
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Nómina de autoridades
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Beneficiario
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Caracterización del IVA
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Identificación del suministro (domicilio y Nºde Usuario)
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Factura de Energía
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Titularidad de la Propiedad o Contrato de Alquiler
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Existencia de usos alternativos en inmueble afectado, no vinculados al objeto
La documentación presentada será remitida al Ente Provincial Regulador Eléctrico (EprE) y dicho Organismo informara a La Cooperativa la aprobación o no del subsidio.
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