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SEGMENTACION TARIFARIA (plazo para realizar la inscripción hasta el 04 de Agosto de 2024)

Todos los usuarios RESIDENCIALES que quieran mantener el subsidio del Estado Nacional en la Tarifa Eléctrica deben inscribirse en el Registro de acceso nacional a subsidios energéticos

La Cooperativa no es responsable de la designación de los subsidios, acata lo que resuelve la Secretaría de Energía y lo implementa en su facturación.

Deben inscribirse todos aquellos usuarios que quieran mantener los subsidios que hoy reciben en su hogares.

NO NECESITAN CONCURRIR A LA COOPERATIVA. El trámite debe realizarse en FORMA VIRTUAL ingresando a: https://www.argentina.gob.ar/subsidios

 

 

  • Subsidio Jubilados / Pensionados

    Se realizará a todos aquellos usuarios que sean Titulares de la propiedad (propiedad exclusiva) o inquilinos (presentar contrato de alquiler) y demuestren además, fehacientemente, la propiedad exclusiva o su situación de inquilinos exclusivos de la vivienda que habitan y que es objeto del suministro beneficiado, debiendo presentar certificado expedido por el Registro de la Propiedad.
    El descuento se aplicará en la facturación sólo a aquellos jubilados/pensionados cuyos consumos no superen los ciento cincuenta (150) kwh mensuales (30 días o proporcional) y perciban hasta cierto haber jubilatorio (hasta dos salarios mínimos vitales y móviles), que el haber jubilatorio/pensión sea el único ingreso familiar y su tarifa de energía Residencial.
    A los efectos de solicitar el subsidio el titular del beneficio deberá concurrir a nuestras oficinas portando la documentación que a continuación detallamos (original y copia):
    • Documento de identidad
    • Ultimo bono de sueldo/s (debiendo presentar los bonos de las prestaciones percibidas, en caso de que sea más de una)
    • Última factura de energía
    • Título de propiedad
    • Contrato de locación, en caso de ser locatario
    • Certificado de única propiedad Expedido por la Dirección de Registros Públicos, sea propietario o inquilino. Para obtenerlo comunicarse al 0800-666-5878 de 08:00 a 21:00 hs. o tramitarlo por WhatsApp al +54 9 261 599-1711

  • Subsidio Entidades de Interés Público

    Se considera Entidades de Interés Público a asociaciones civiles, simples asociaciones y
    fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones
    comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que lleven adelante programas
    de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin
    cobrar a los destinatarios por servicios que prestan. Siendo el Objeto Social: el bien común,
    llevando adelante programas de promoción y protección de derechos y desarrollando
    actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan.
    Para dar inicio al pedido de subsidio, deberán presentar en nuestras oficinas la siguiente
    documentación (original y copia):

    • Copia de Resolución de Personería Jurídica
    • Copia del Estatuto Social y Acta Constitutiva
    • Domicilio Legal
    • Nómina actualizada de Autoridades / Apoderados
    • Manifestación de haber cumplido con todas las obligaciones registrales tanto nacionales
    como provinciales
    • Certificado de exención en impuestos nacionales y provinciales emitidos por autoridad
    competente en materia tributaria
    • Constancia de situación ante el IVA
    • Manifestación emitida por Contador Público Nacional – certificada por el Consejo
    Profesional de Ciencias Económicas – donde conste que los medios económicos que sustentan
    la actividad de la organización provienen únicamente de cuotas sociales, tanto ordinarias como extraordinarias, aportes voluntarios, donaciones y subvenciones concedidas por organismos
    públicos, privados y/o particulares. Podrá considerarse como ingreso económico válido aquel
    que provenga de actividades con fines de lucro, siempre que las mismas se encuentren
    contempladas en el estatuto social y estén destinadas a la consecución de los fines sociales y
    no al mero lucro de sus socios
    • Suministros eléctricos por el cual solicita el beneficio y copia de una factura de cada
    suministro
    La Categorización Tarifaria del o de los suministros por el cual solicita el beneficio, deberá ser
    T1 Pequeñas Demandas General. Excepcionalmente, se podrá otorgar el beneficio a
    suministros encuadrados en otra categorización. La documentación presentada será remitida al
    Ente Provincial Regulador Eléctrico (EprE) y dicho Organismo informará a La Cooperativa la
    aprobación o no del subsidio.

    Además, de acuerdo a los solicitado por la Dirección de Servicios Eléctricos, deberán presentar
    los formularios detallados a continuación para iniciar el trámite de Inscripción o
    reempadronamiento en el Subsidio de Entidades de Interés Público:

    DDJJ_Objeto Social_EIP

    DDJJ_CumplimientoObligaciones Registrales_EIP

    DDJJ_DomicilioLegal_EIP

    DDJJ_Ingresos

    Según RESOLUCION Nº 115 (30-09-2021) DIRECCION DE SERVICIOS
    ELECTRICOS GOBIERNO DE MENDOZA, cuando se trate de Parroquias, cuasi
    Parroquias, Capillas y demás entidades pertenecientes a la iglesia Católica, para dar
    inicio al pedido de subsidio, deberán presentar en nuestras oficinas la siguiente
    documentación (original y copia):

    Copia de Resolución de Personería Jurídica y obligaciones registrales: acreditada de acuerdo
    con lo establecido en el artículo 146 del Código Civil y Comercial de la Nación

    Acta de creación de la Iglesia o Parroquia

    Domicilio Legal: declaración jurada firmada por el Párroco, cuasi párroco o administrados
    parroquial a cargo.
    Nómina actualizada de Autoridades: Decreto de Nombramiento del Párroco, cuasi párroco o
    administrador parroquial a cargo, emitido por el Arzobispado de Mendoza.

    Del objeto social: deberá ser definido mediante Declaración Jurada firmada por el Párroco,
    cuasi párroco o administrador parroquial a cargo, debiendo individualizar las actividades
    llevadas a cabo en cada suministro. En ningún caso será considerado como objeto social válido
    el mero ejercicio del culto, siendo necesario llevar a cabo adicionalmente programas de
    promoción y protección de derechos y actividades de ayuda social directa gratuita.

    Certificado de exención en impuestos nacionales y provinciales del Arzobispado de Mendoza,
    emitidos por autoridad competente.

    Constancia de situación ante el IVA

    Manifestación de ingresos emitida por Contador Público Nacional – certificada por el Consejo
    Profesional de Ciencias Económicas – donde conste que los medios económicos que sustentan
    la actividad de la organización provienen únicamente de donaciones, colectas, subvenciones,
    ayudas, y demás figuras conforme a lo dispuesto por el cánon 1254, 1260, 1261 y siguientes
    del Código de Derecho Canónico. Cuando el subsidio se solicite para varios usuarios: podrá
    presentarse un solo certificado indicando fehacientemente las entidades comprometidas en el
    mismo.
    Suministros eléctricos por el cual solicita el beneficio y copia de una factura de cada suministro

    Además, de acuerdo a los solicitado por la Dirección de Servicios Eléctricos, deberán presentar
    los formularios detallados a continuación para iniciar el trámite de Inscripción o
    reempadronamiento en el Subsidio de Entidades de Interés Público:

    Declaracion Jurada ObjetoSocial_EIP_Iglesia

    Declaracion Jurada Domicilio Legal_EIP_Iglesia

    Declaracion Jurada Ingresos_EIP_Iglesia

    La Categorización Tarifaria del o de los suministros por el cual solicita el beneficio, deberá ser
    T1 Pequeñas Demandas General.
    Excepcionalmente, se podrá otorgar el beneficio a suministros encuadrados en otra
    categorización.

    La documentación presentada será remitida al Ente Provincial Regulador
    Eléctrico (EprE) y dicho Organismo informará a La Cooperativa la aprobación o no del subsidio.

  • Tarifa Básica Social de los Clubes de Barrio y de Pueblo

    Se consideran Clubes de Barrio y de Pueblo a aquellas asociaciones de bien público, constituidas legalmente como asociaciones civiles sin fines de lucro, que tengan por objeto el desarrollo de actividades deportivas no profesionales en todas sus modalidades y que faciliten sus instalaciones para la educación no formal, el fomento cultural de todos sus asociados y la comunidad a la que pertenecen y el respeto del ambiente, promoviendo los mecanismos de socialización que garanticen su cuidado y favorezcan su sustentabilidad. En la cual se dispuso que la entidad que se encuentre inscripta en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo, será beneficiaria de una tarifa social básica de servicios públicos (Art. 16 Ley 27.098). En este caso los interesados deberán inscribirse en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo. “La entidad que se encuentre inscripta en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo será beneficiaria de una tarifa social básica de servicios públicos.”

    Los interesados deberán inscribirse y solicitar mantener subsidios en el siguiente link:

    https://www.argentina.gob.ar/servicio/subsidio-la-energia-para-clubes-de-barrio

  • Subsidio en la tarifa eléctrica a Clubes Deportivos

    Subsidio tarifa de energía a Clubes Deportivos que se encuentran inscriptos en el Registro de Entidades Deportivas, conforme la Ley Nº 6457; que realicen consumos de energía eléctrica que sean destinados exclusivamente al cumplimiento de su objeto social y no posean otro subsidio eléctrico para clubes deportivos de índole nacional, provincial o municipal.

    Lo interesados en acceder al Beneficio deberán estar previamente inscriptos en el Registro Provincial de Instituciones Deportivas, Deporte Aventura y Alto Riesgo de la Subsecretaría de Deportes

    http://www.deportes.mendoza.gov.ar/wp-content/uploads/sites/16/2018/03/REQUISITOS-PARA-REG.-INSTITUCIONES-DXTIVAS.pdf.

    Para mayor información podrán acceder a la página:

    http://deportes.mendoza.gov.ar/wp-content/uploads/sites/16/2019/04/formulario-reducción-tarifa-electrica.pdf

    Allí podrán descargar el “Formulario Solicitud de reducción de tarifa eléctrica de clubes” con la documentación allí solicitada, previo cumplimiento de y presentarlo en Subsecretaría de Deportes de Mendoza – Dirección de Deporte Federado y Alto Rendimiento – Dirección: Estadio Malvinas Argentinas (Sector Oeste, ingreso por calle Ruiz Leal).

    Adjuntamos Resolución 0103/2019 de la Secretaría de Servicios Públicos respecto de los requisitos y procedimiento para acceder al beneficio:

    Res. SSP Nº-0103-19

    Res. SSP N°-0155-20

  • Tarifa Eléctrica (Beneficio Decreto Provincial 1569/09)

    Beneficio de excepción al aumento tarifario (D.P. 1569/09 – Tarifa Eléctrica Social (Decreto Provincial 1569/09 y Resol. 821-IVT – 2009)

    • Residenciales T1 R1: los usuarios que consumen menos de 300 kWh bimestrales (o 150 kWh mensuales) quedan automáticamente exceptuados del aumento y NO deben realizar trámite.

    • Jubilados y pensionados: categoría residencial T1 R1 tienen doble beneficia no se aumenta la tarifa y se extiende a 150 kWh mensuales el límite de consumo para acceder al descuento. (NO deben realizar trámite alguno.)

    • Hogares con ingresos totales:
    1. Menores a la canasta básica de Mendoza: $1640 mensuales (a agosto de 2009).
    2. Desde $1640 y hasta en un 20%: $1968 mensuales (a agosto de 2009) y que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
    – Viviendas precarias o hacinamiento o ausencia de cobertura medico asistencial.
    – Enfermedades crónicas, terminales, inmuno deprimidos o discapacitados deben presentar certificado del médico tratante.
    – Usuarios con electro dependencia por carecer de gas natural y/o servicio de agua potable por red domiciliaria. Se requiere declaración jurada.

    • Hogares electro dependientes por cuestiones de salud que requieran infraestructura y/o equipamiento especial, deben presentar certificado del médico tratante.

    En estos últimos dos (2) casos, el trámite para acceder al beneficia se efectúa en las oficinas comerciales de las distribuidoras (las direcciones figuran en el dorso de la factura). Los hogares que no estén registrados en programas sociales (sistema APROS) y que cumplan alguno de los requisitos anteriores pueden acercarse a su Municipio a solicitar su inclusión en APROS, para luego realizar el trámite ante su Distribuidora.

    • Empleados públicos provinciales y municipales: que reúnan algunas de estas condiciones mencionadas pueden solicitar el beneficio. EI trámite para acceder al beneficia se efectúa en las oficinas de recursos humanos de sus dependencias.

    RIEGO AGRÍCOLA: Decreto Provincial 1.569/09 y Resoluci6n 822-IVT-2009 Quedan eximidos aquellos regantes que formen parle del padrón de Riego Agrícola y posean hasta 50 has implantadas, inscriptos en el Registro Permanente del Uso de la Tierra (RUT) o que sean Micro y Pequeña empresa según BCRA.

  • Electrodependientes

    Si desea conocer más sobre la  Inscripción en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud haga clic AQUÍ

  • Entidades de Bien Público

    En las Entidades de BIEN Público (Res. EPRE 201/18 y Nota GTR N° 13/19 Epre) los usuarios previamente deben estar inscriptos en el CENTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA COMUNIDAD (CENOC) y la Nación es quien les otorga el beneficio y a través del Ente Regulador se envía a la Distribuidora los datos del usuario para que aplique la tarifa en caso de corresponder.

    Deben inscribirse en:

    https://www.argentina.gob.ar/enre/tarifas-diferenciales/entidades-de-bien-publico

  • Tarifa Eléctrica Social

    Si desea conocer más sobre la Tarifa Eléctrica Social haga clic AQUÍ

  • Comederos y Merenderos Comunitarios

    Los comedores y merenderos comunitarios inscriptos en el RENACOM (Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil): mantendrán los subsidios, y regímenes con tarifa social como entidades de bien público.

    Deben inscribirse en https://www.argentina.gob.ar/desarrollosocial/renacom.

    En este caso, si estuviesen categorizados como T1 Residencial, deberán inscribirse además en RASE.